Senadores de Morena presentaron ante la Comisión Permanente una iniciativa de Ley de Protección a Personas Alertadoras y Denunciantes de Hechos de Corrupción, a fin de garantizar que se proteja a las personas físicas o servidores públicos que presenten una alerta o una denuncia por un posible hecho de corrupción.

La iniciativa de ley tiene por objeto implementar un sistema de alerta y denuncia para hechos de corrupción y de protección a personas alertadoras o denunciantes.

Busca también promover una cultura de alerta y de denuncia por posibles hechos de corrupción, así como prevenir aquellos que podrían cometerse bajo la suposición de impunidad por parte de las autoridades e impulsar la creación de sistemas locales en la materia.

“La Secretaría de la Función Pública, la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción y los órganos internos de control y sus similares en los poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos y las empresas productivas del Estado, serán las autoridades competentes para aplicar esta ley”, detalla la propuesta.

Se establece que la información y documentación relacionada con las personas alertadoras o denunciantes será considerada como reservada y confidencial de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y, sólo podrá ser utilizada con fines estadísticos siempre y cuando se desvinculen los datos personales, así como la información proporcionada por estos.

“Toda persona podrá presentar alerta o denuncias por posibles hechos de corrupción. En caso de solicitarlo y, a partir de la valoración que realice la autoridad correspondiente, se podrá recibir protección ante posibles represalias”, establece la iniciativa.

Los denunciantes serán integrados al Registro Federal de Protección de Personas Alertadoras y Denunciantes de Hechos de Corrupción, que será administrado por la Secretaría de la Función Pública.

Las personas alertadoras podrán recibir atención psicológica o médica, asistencia legal para su caso y cuando se trate de una persona servidora pública, se podrá reubicar a un área distinta de la misma dependencia donde realice actividades laborales.

Las denuncias y alertas se podrán presentar por escrito o de forma verbal en los órganos internos de control a través de la Plataforma Digital Nacional o por los medios electrónicos de las dependencias federales.

Las alertas o denuncias deberán estar acompañadas con la documentación o elementos probatorios que permitan investigar posibles hechos de corrupción.

Se propone la creación del Sistema Federal de Alerta de la Corrupción y de Protección a Personas Alertadoras y Denunciantes, que sería el medio para recopilar, turnar, analizar e investigar la información proporcionada por las personas alertadoras y denunciantes de hechos de corrupción, así como para determinar y brindar las medidas de protección necesarias.

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